El ordenamiento territorial es la forma en que una comunidad decide ocupar, usar y cuidar su territorio, teniendo en cuenta el desarrollo de las actividades presentes y considerando las necesidades futuras en el contexto de cambio climático.

El Plan de Ordenamiento Territorial (POT) es el documento donde la comunidad expresa la estrategia de organización del territorio. 

El Plan de Ordenamiento Territorial incluye las siguientes etapas:

La provincia de Mendoza ya tiene un Plan de ordenamiento territorial expresado en la Ley Nº 8.999: Plan Provincial de Ordenamiento Territorial

Ahora los Sancarlinos debemos definir nuestro propio plan, enmarcado en los lineamientos del Plan de la Provincia.

El POT organiza el territorio de tal forma de colaborar con la solución de las necesidades de sus habitantes. Sus objetivos principales son:

Identificar y delimitar las unidades territoriales homogéneas dentro de la clasificación promovida por la provincia en la Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo 8.051 

Identificar y reconocer la vocación socio-económica de las mismas a partir del análisis de los factores biofísicos y su interacción con los procesos sociales que acontecen;

Definir dentro de cada unidad territorial las actividades compatibles e incompatibles con sus características intrínsecas;